La sucesion es un modo legal en el que una persona adquiere los bienes de otra se dan distintas formas entre vivos, por causa de muerte de una persona.
El derecho sucesorio es el modo legal donde una persona obtiene los bienes de otra que ha fallecido y se clasifican de distintas formas como entre vivos, a titulo personal, por causa de muerte, entre otros. La sucesión testamentaria es la expresion de voluntad de una persona, los pensamientos hechos solemnes a lo que cada cual quiere que se realice después de su muerte. una de las condiciones fundamentales para poder testar es la de tener la capacidad para esto, y no solo para poder testar sino también como ser parte de el, como testigo o legatario mismo. esto se conserva actualmente en nuestro código civil, no así las condiciones que en ese momento que fue estipulado por la legislación de Justiniano, que eran la de ser ciudadanos romanos, ser libres y capacidad para poder testar. hoy solo sigue en vigencia el de poseer la capacidad para poder testar, ya que el de ser libre de hecho ya todos los somos por la prohibición de poseer esclavos y la de ser ciudadano romano lógicamente por la democracia que tenemos hoy día que se basa en la igualdad de derecho y libertad misma. comentado por: esteban caballero, gustavo galeano, jaime melgarejo, fabiola dominguez, eduardo benitez y luis noceda.... god bless you
Derechos Sucesorios es el modo legal en que una persona adquiere en forma derivativa los bienes de otra persona fallecida, cabe mencionar también que en la legislación de Justiniano reconocía a tres tipos de testamentos que son el publico, privado y especiales. En cuanto a la capacidad de testar los romanos distinguieron la capacidad de derecho para otorgar un testamento se requiere en la confeccion del acto y debe continuar hasta la muerte del testador
Comentado por Gabriel Galeano, Francisco Gonzalez,Elise Gaona Celia Rotela y Dario Zárate
Derecho Sucesorio:El Grupo 1 ha expuesto sobre este tema tan interesante. Tenemos entonces según nuestra comprensión Sucesión cuando un derecho, o suma de derechos, son transmitidos de una persona a otra, extinguiéndose por la primera del momento mismo que se opera la transmisión. Cunado la transferencia se produce en virtud de la muerte de quien fuera el primitivo titular, se trata de sucesión mortis causa, por el contrario, sino el fallecimiento, se denomina inter-vivos. La sucesión mortis causa puede operarse con un testamento, y si el causante no dejo ninguno, por ab-intestato o sea sin testar.. Comentario realizado por Ada Flores, Wilson Martinez, Eduardo Garay, Paola Benitez, Giovanna Pizzani, Carlos Peralta,..
La sucesion es un modo legal en el que una persona adquiere los bienes de otra se dan distintas formas entre vivos, por causa de muerte de una persona.
ResponderEliminarEl derecho sucesorio es el modo legal donde una persona obtiene los bienes de otra que ha fallecido y se clasifican de distintas formas como entre vivos, a titulo personal, por causa de muerte, entre otros. La sucesión testamentaria es la expresion de voluntad de una persona, los pensamientos hechos solemnes a lo que cada cual quiere que se realice después de su muerte.
ResponderEliminaruna de las condiciones fundamentales para poder testar es la de tener la capacidad para esto, y no solo para poder testar sino también como ser parte de el, como testigo o legatario mismo. esto se conserva actualmente en nuestro código civil, no así las condiciones que en ese momento que fue estipulado por la legislación de Justiniano, que eran la de ser ciudadanos romanos, ser libres y capacidad para poder testar. hoy solo sigue en vigencia el de poseer la capacidad para poder testar, ya que el de ser libre de hecho ya todos los somos por la prohibición de poseer esclavos y la de ser ciudadano romano lógicamente por la democracia que tenemos hoy día que se basa en la igualdad de derecho y libertad misma.
comentado por: esteban caballero, gustavo galeano, jaime melgarejo, fabiola dominguez, eduardo benitez y luis noceda....
god bless you
Derechos Sucesorios es el modo legal en que una persona adquiere en forma derivativa los bienes de otra persona fallecida, cabe mencionar también que en la legislación de Justiniano reconocía a tres tipos de testamentos que son el publico, privado y especiales. En cuanto a la capacidad de testar los romanos distinguieron la capacidad de derecho para otorgar un testamento se requiere en la confeccion del acto y debe continuar hasta la muerte del testador
ResponderEliminarComentado por Gabriel Galeano, Francisco Gonzalez,Elise Gaona Celia Rotela y Dario Zárate
Derecho Sucesorio:El Grupo 1 ha expuesto sobre este tema tan interesante. Tenemos entonces según nuestra comprensión Sucesión cuando un derecho, o suma de derechos, son transmitidos de una persona a otra, extinguiéndose por la primera del momento mismo que se opera la transmisión. Cunado la transferencia se produce en virtud de la muerte de quien fuera el primitivo titular, se trata de sucesión mortis causa, por el contrario, sino el fallecimiento, se denomina inter-vivos. La sucesión mortis causa puede operarse con un testamento, y si el causante no dejo ninguno, por ab-intestato o sea sin testar.. Comentario realizado por Ada Flores, Wilson Martinez, Eduardo Garay, Paola Benitez, Giovanna Pizzani, Carlos Peralta,..
ResponderEliminar